
JUSTIFICACIÓN
Las entidades del Estado tienen como obligación el registro de sus planes de compra con los códigos del CUBS, el registro de los contratos que celebren con los diferentes proveedores en la Imprenta Nacional y momentos obligados de consulta. Su participación en el sistema es fundamental ya que tienen la función de generar la demanda de los bienes y/o servicios del Estado.
Son obligaciones de las Entidades del Estado, los Proveedores y las Entidades de Control, referentes al Sistema SICE:
A. Inscripción. Las entidades que no se encuentren vinculadas al SIIF y deban inscribirse al SICE, de acuerdo con las vigencias escalonadas establecidas en el artículo 59 de la resolución, lo harán siguiendo el procedimiento indicado en el artículo 18 de la misma. Las entidades vinculadas al SIIF, que sean registradas en forma automática en el SICE, deberán complementar la información adicional que sea solicitada en la Web del Sistema, de acuerdo con las instrucciones que para tal efecto imparta la Contraloría General de la República.
B. Las entidades públicas deben elaborar y enviar los planes de compras de acuerdo al CUBS.
C. Las Entidades, están en la obligación de consultar el Catálogo Único de Bienes y Servicios -CUBS-, el Registro Único de Precios de Referencia -RUPR-,
D. Exigir el Certificado de Registro (RUPR) a los proponentes.
E. Registrar en el SICE los contratos celebrados.
F. Publicar en su página Web los pliegos de condiciones y los términos de referencia, de las compras que pretenda realizar, (directiva presidencial No.2 de Agosto 28 de 2000).
G. Informar al SICE a través de la WEB www.sice-cgr.gov.co, de la inclusión de esta información.